Ruta 3: Se declaró de oficio la existencia de “Cosa Juzgada” la sentencia firme del expediente presentado por Machuca
En la causa de la Fiscalía de Estado con la Dirección Nacional de Vialidad sobre Amparo Ley 16986 – Expte. N° FCR 4060/2024 el Juzgado Federal indicó que ya existe sentencia firme y en etapa de ejecución.
Esto debido a que un usuario de la ruta nacional 3 inicio una acción de amparo contra la Dirección Nacional de Vialidad. El mismo solicita se ordene garantizar el tránsito a la altura de los kilómetros 1856 a 1859 de esa traza vial (sector denominado Punta Peligro) así como la continuidad de la circulación y seguridad de los vehículos públicos y particulares del transporte de personas y de carga.
Según indica la notificación del Juzgado federal, “se ha cotejado que uno de esos procesos ya existe sentencia firme y en etapa de ejecución, como mantenimiento de la actual traza vial de la ruta nacional 3 y estado defectuoso de la conservación de esa traza vial, que pone en riesgo la seguridad vial”.
De esta forma, se indica que en el expediente 17034/2018 el abogado Ismael Machuca respesentó a la totalidad del colectivo usuarios de la ruta nacional 3 en el tramo Caleta Olivia y Puesto Ramón Santos.
Se condenó a la DNV a presentar un plan de mantenimiento a realizar hasta la finalización de la Autovía Comodoro Rivadavia – Caleta Olivia.
Así se declaró de oficio la existencia de “cosa juzgada” entre la sentencia firme destacada y la pretensión deducida en estas actuaciones.
La “cosa juzgada” es una excepción reconocida por el ordenamiento jurídico como un medio de asegurar la inmutabilidad o irrevocabilidad de las cuestiones resueltas con carácter firme en un proceso anterior, evitando el pronunciamiento de una segunda sentencia eventualmente contradictoria.